CódigoDeontológico de la Abogacía Española 1 . CÓDIGO DEONTOLÓGICO . Adaptado al Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio . Aprobado en el Pleno de 27 – IX – 2002 . Y . Modificado en el Pleno de 10 - XII –2002 .
Seencuentra en el NEGAE un título excéntrico y un artículo con el epígrafe de deontología profesional (art. 61 NEGAE y 1.1 y 3 CD). Es excéntrico porque no todas las normas de ese carácter se encuentran en ese título. Consagra la independencia y libertad en las relaciones con el cliente y la reciproca confianza (art 47 NEGAE y arts. 2
2021fue el año en el que se tramitaron más actos de jurisdicción voluntaria, 22 junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española («B.O.E.» 10 julio), el 11 de julio de 2001.
Eneste sentido, el artículo 6.1 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, señala que “La intervención libre e independiente del profesional de la Abogacía es garantía de efectividad del derecho fundamental de defensa”, y la doctrina indica que los principios de
Estatutode abogacía actualizado boletín oficial del estado núm. 71 miércoles 24 de marzo de 2021 sec. pág. 33597 disposiciones generales ministerio de justicia. Núm. 71 Miércoles 24 de marzo de 2021 Sec. I. Pág. 33609. d) La promesa de obtener resultados que no dependan exclusivamente de la actividad del profesional de
Yvolviendo a la limitación de los derechos de los ciudadanos, el Proyecto de Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por su Pleno en 2013, decía en su artículo 23.7 que “el Abogado no quedará relevado de sus deberes de secreto profesional por la autorización de su cliente”. El Código Deontológico de la Abogacía
5PLq. 392 83 385 308 373 18 342 72 50
estatuto de la abogacía 2021